CNE prohibe deterioro, retiro o destrucción de propaganda de precandidatos de primarias
Primarias de la Unidad — en diciembre 16, 2011 a las 14:12 pmLuego de que la Comisión Electoral de Primarias de la Unidad Nacional (CEP)
expresara su preocupación al Consejo Nacional Electoral (CNE) acerca de la
destrucción vandálica y retiro de propaganda de precandidatos en algunos
estados del país, el máximo organismo comicial notificó a todas sus
autoridades regionales y locales el acatamiento a las normas y leyes que
prohíben expresamente acciones de este tipo sin la autorización de la Comisión
de Participación Política y Financiera del CNE, en caso contrario se le aplicarían
las sanciones correspondiente.
Al respecto, la presidente de la CEP, Teresa Albanes consideró de interés por la
circular del CNE y señaló que a más de un mes del inicio de la propaganda y
publicidad de la campaña electoral de los precandidatos de la Mesa de la Unidad
Democrática, la Comisión Electoral de Primarias espera contar con la
máxima colaboración de todas las instancias de gobierno “para poder
garantizar a los electores y a quienes han hecho la opción de postular sus
nombres a la consideración de la ciudadanía para distintas posiciones de
poder, los principios que animan a esta Comisión Electoral de Primarias de la
Mesa de la Unidad Democrática en este proceso, fundamentalmente los
principios de equidad e igualdad entre los participantes en el proceso electoral,
comunicación libre, diversa, plural, respeto por las diferentes ideas y la
promoción de la tolerancia, la transparencia, la convivencia pacífica y el
pluralismo político”.
En la circular del CNE, firmada por el Presidente de la Comisión de Participación
Política y Financiamiento Vicente Díaz Silva a sus directores de oficinas
regionales electorales indica que, “en el marco de las elecciones primarias de la
Unidad Nacional, que se realizarán el 12 de febrero, se les notifica que el
contenido del artículo 7 del Reglamento No. 6 de la Ley Orgánica de Procesos
Electorales es categórico al prohibir el deterioro, retiro o destrucción total o
parcial de cualquier propaganda electoral salvo los casos atendido y ordenados
por la Comisión de Participación Política y Financiamiento del CNE, como parte
de su competencia específica prevista en el artículo 66 numeral 6 de la Ley
Orgánica del Poder Electoral”.









